CBDF

LGT Funds SICAV

De conformidad con el artículo 92 de la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009, modificada por la Directiva (UE) 2019/1160, de 20 de junio de 2019, LGT Funds SICAV (el «OICVM») pone a disposición, en todos los Estados miembro en los que prevé comercializar sus Participaciones, establecimientos para realizar las actividades que se enumeran a continuación, de la a) a la f).  

Le recordamos que, en caso de discrepancia, prevalecerán las condiciones estipuladas en el Folleto del OICVM. La información que figura a continuación tiene carácter meramente informativo y se facilita de conformidad con el artículo 92 de la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009.  

Los términos definidos que se utilicen en el presente documento, y que no se definan de otro modo en el mismo, tendrán el mismo significado que se les atribuye en el Folleto del OICVM. 

a. Tramitar las órdenes de suscripción, recompra y reembolso y efectuar otros pagos a los Partícipes en relación con las Participaciones del OICVM, de conformidad con las condiciones establecidas en el Folleto y en los Documentos de datos fundamentales para el inversor (DFI) de los PRIIP. 
a1)       ¿QUÉ ENTIDAD ES RESPONSABLE DE LA PRESTACIÓN DE DICHO SERVICIO?

Como se establece en el Folleto del OICVM, LGT Bank Ltd. (el «Administrador») tramitará todas las órdenes de suscripción y reembolso de los inversores y abonará otros pagos pertinentes a estos últimos en relación con el OICVM. 

Si desea ponerse en contacto con LGT Bank Ltd., puede hacerlo a través de los siguientes datos: 

LGT Bank Ltd., 
Herrengasse 12, 
9490 Vaduz, 
Liechtenstein 
info@lgt.com

b. Proporcionar a los inversores información sobre cómo cursar las órdenes mencionadas en el punto a. y sobre cómo se abonan los importes de recompra y reembolso.
b1)       ¿CÓMO SE PUEDEN SUSCRIBIR NUEVAS PARTICIPACIONES DEL OICVM?

Emisión de Participaciones 
Inicialmente, las Participaciones pueden adquirirse el Día de suscripción inicial al Precio de suscripción inicial. Posteriormente, las Participaciones estarán disponibles al Precio de suscripción en cada Día de suscripción.    

El Depositario deberá recibir las solicitudes de suscripción antes de la Hora límite de suscripción.    

A reserva del cumplimiento de los requisitos pertinentes para la suscripción en un Subfondo, un suscriptor se convierte en Partícipe y comienza su participación en la rentabilidad de las Participaciones a partir del Día de suscripción pertinente.   

No se emitirán Participaciones a menos que se hayan cumplimentado todos los datos de registro y se hayan observado todos los requisitos contra el blanqueo de capitales.    
Las Participaciones serán únicamente nominativas y no se emitirán certificados de participación. El Depositario enviará una notificación de confirmación a los suscriptores cuya solicitud haya sido aceptada una vez que se hayan determinado el Valor liquidativo por Participación y el número de Participaciones emitidas a favor de los suscriptores.   

El OICVM o la Sociedad Gestora en nombre del OICVM, actuando en el mejor interés de los Partícipes, podrá rechazar en cualquier momento las solicitudes de suscripción o limitar temporalmente, suspender o, en última instancia, interrumpir la emisión de Participaciones, en cuyo caso los pagos recibidos en relación con las solicitudes de suscripción aún no tramitadas se reintegrarán sin intereses en las cuentas en las que se cargaron inicialmente (véase el apartado «Anti-Money Laundering and Countering Terrorist Financing Measures» del Folleto).  
No podrán emitirse Participaciones durante un periodo de suspensión de la determinación del Valor liquidativo, del Valor liquidativo por Clase o del Valor liquidativo por Participación, o durante un periodo durante el cual el OICVM o la Sociedad Gestora, actuando por cuenta del OICVM, haya declarado la suspensión de la emisión de Participaciones en una o varias Clases. El Depositario no aceptará ninguna solicitud de Participaciones realizada durante dicho periodo de suspensión.   

Un suscriptor no podrá retirar su solicitud de suscripción una vez que haya sido presentada y recibida por el Depositario, a menos que el OICVM o la Sociedad Gestora, actuando en el mejor interés de los Partícipes, decida permitir la retirada total o parcial de dicha solicitud.   

Suscripción mínima
 
La suscripción inicial mínima y la suscripción adicional mínima de Participaciones por Partícipe con respecto a cada Subfondo se establecen en el Anexo A de los Estatutos del OICVM.    

Hora límite de negociación
 
Las solicitudes recibidas después de la Hora límite de suscripción se registrarán para su suscripción el Día de suscripción siguiente.   

Precio de suscripción
 
En relación con cada Subfondo, las Participaciones de cada Clase se ofrecerán a los inversores el Día de suscripción inicial al Precio de suscripción inicial establecido en el Anexo A de los Estatutos del OICVM para cada Subfondo, con sujeción a cualquier Comisión de suscripción (véase el Anexo A), así como a los impuestos, gravámenes o comisiones pertinentes (véase el apartado «Charges and Expenses» del Folleto).    

Tras el Día de suscripción inicial, las Participaciones se valorarán el Día de valoración correspondiente. En consecuencia, tras el Día de suscripción inicial, el precio de suscripción por Participación será el Valor liquidativo por Participación correspondiente al Día de valoración que coincida con el Día de suscripción en el que se emitan las Participaciones (el Precio de suscripción) más la Comisión de suscripción, si dicha comisión fuera aplicable, tal y como se establece en el Anexo A de los Estatutos de cada Subfondo y sujeta a los impuestos, gravámenes o comisiones pertinentes.   

Pago de las Participaciones
 
A menos que el suscriptor haya acordado con la Sociedad Gestora o el Depositario realizar el pago en otra divisa o por cualquier otro procedimiento, el pago deberá efectuarse en la divisa de las Participaciones por el procedimiento establecido en el Folleto. En caso de que se adopten otras disposiciones, el importe de la solicitud que no esté expresado en la moneda de las Participaciones se convertirá a la moneda de las Participaciones, y todas las comisiones bancarias y demás gastos de conversión se deducirán del importe de la solicitud antes de la inversión en las Participaciones. 

El Depositario deberá recibir el pago íntegro de las Participaciones el Día de pago de la suscripción o con anterioridad al mismo, tal y como se establece en el Anexo A de los Estatutos de cada Subfondo. El OICVM o la Sociedad Gestora por cuenta del OICVM podrán aceptar el pago en valores, materias primas, otros instrumentos financieros u otros intereses («Suscripción en especie», tal y como se define en el Folleto del OICVM), o en parte en efectivo y en parte en especie, siempre que dichos activos se ajusten al objetivo, la política y las restricciones de inversión del correspondiente Subfondo y que la transferencia de dichos activos se ajuste a la política táctica de inversión de la Sociedad Gestora. 

Salvo que el OICVM o la Sociedad Gestora, en nombre del OICVM, determine lo contrario, no se emitirán Participaciones hasta que el Subfondo haya recibido íntegramente el importe de la solicitud y/o los activos correspondientes. 

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 7 «Investing in the UCITS» del Folleto.   

Tenga en cuenta que es posible que no pueda invertir en todas las Participaciones y todos los Subfondos incluidos en el Folleto y sus Suplementos, porque es posible que no estén disponibles para su suscripción en su país. 

b2)       ¿QUÉ COMISIONES SE APLICAN A LA SUSCRIPCIÓN DE NUEVAS PARTICIPACIONES?

La Sociedad Gestora podrá cobrar una Comisión de suscripción, tal y como se describe en el Anexo A de los Estatutos, como porcentaje del Precio de suscripción. La Sociedad Gestora podrá, a su entera discreción, retener la totalidad o parte de la Comisión de suscripción y abonarla al Depositario y/o a los distribuidores.  

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 7 «Investing in the UCITS» y el apartado 11 «Charges and Expenses» del Folleto, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A de los Estatutos del OICVM. 

b3)       ¿CÓMO SE PUEDEN REEMBOLSAR LAS PARTICIPACIONES?

Las solicitudes de reembolso de Participaciones deberán presentarse utilizando un formulario de reembolso, facilitado por el Depositario previa solicitud, o utilizando una plataforma de negociación electrónica establecida. 

El reembolso parcial podrá efectuarse por un importe no inferior al Importe mínimo de reembolso establecido en el Anexo A de los Estatutos de cada Subfondo, importe que podrá ser objeto de renuncia, reducción o aumento por parte del OICVM o de la Sociedad Gestora en nombre del OICVM. La inversión restante de un Partícipe en las Participaciones será, como mínimo, el Importe mínimo de participación establecido en el Anexo A de los Estatutos para cada Subfondo, importe que podrá ser objeto de renuncia, reducción o aumento por parte del OICVM o de la Sociedad Gestora en nombre del OICVM. 

Las Participaciones podrán reembolsarse en un Día de reembolso. El Depositario deberá recibir las solicitudes de reembolso antes de la Hora límite de reembolso. Las solicitudes de reembolso recibidas después de la Hora límite de reembolso se tramitarán el Día de reembolso siguiente. En circunstancias normales, el pago de las Participaciones reembolsadas se efectuará el Día de pago del reembolso establecido en el Anexo A de los Estatutos de cada Subfondo.  

Tanto si las Participaciones se reembolsan con carácter voluntario como obligatorio, el producto del reembolso podrá pagarse en efectivo o, previo consentimiento del Partícipe, en valores, materias primas u otros instrumentos financieros u otros intereses («Reembolso en especie») o en cualquier combinación de los mismos.  
Cuando se distribuya efectivo para un reembolso, el producto se pagará generalmente en la moneda de las Participaciones mediante transferencia bancaria sin que se devenguen intereses por dicha liquidación. Todos los costes de cualquier transferencia de efectivo correrán a cargo de los Partícipes y podrán deducirse del importe del reembolso. 

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 7.3. «Redemption of Units» del Folleto, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A de los Estatutos del OICVM. 

b4)       ¿QUÉ COMISIONES SE APLICAN AL REEMBOLSO DE SUS PARTICIPACIONES?  

Las Participaciones se reembolsarán al Precio de reembolso menos la Comisión de reembolso, en caso de que dicha comisión sea aplicable, tal y como se establece en el Anexo A de los Estatutos para cada Subfondo y con sujeción a los impuestos, gravámenes o comisiones pertinentes.   

La Sociedad Gestora podrá cobrar una Comisión de reembolso, tal y como se describe en el Anexo A de los Estatutos, como porcentaje del Precio de reembolso. La Sociedad Gestora podrá, a su entera discreción, retener la totalidad o parte de la Comisión de reembolso y abonarla al Depositario y/o a los distribuidores.   

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 11 «Charges and Expenses» del Folleto, así como el Anexo A de los Estatutos (apartados relativos a los Subfondos).  

b5)       ¿CUÁNTO TIEMPO HACE FALTA PARA LA VENTA DE PARTICIPACIONES Y LA RECEPCIÓN DEL PAGO?  

En circunstancias normales, el pago de las Participaciones reembolsadas se efectuará el Día de pago del reembolso establecido en el Anexo A de los Estatutos de cada Subfondo. 

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 7.3.2. «Redemption Procedure» del Folleto, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A de los Estatutos del OICVM.  

b6)       ¿CON QUIÉN DEBE PONERSE EN CONTACTO SI TIENE PREGUNTAS ADICIONALES?

Puede ponerse en contacto con:   

LGT Capital Partners Ltd. 
Schützenstrasse 6 
CH-8808 Pfäffikon 
Liquid Strategies & Investment Structuring (LSIS) 
lgt.cp.ls-legal@lgtcp.com 

c. Facilitar el tratamiento de la información y el acceso a los procedimientos y mecanismos contemplados en el artículo 15 de la Directiva 2009/65/CE relativos al ejercicio por los inversores de sus derechos derivados de su inversión en el OICVM en el Estado miembro en el que el OICVM es objeto de comercialización.
c1)       ¿EN QUÉ ESTÁ INVIRTIENDO?

Está invirtiendo en Participaciones de un Subfondo del OICVM, una sociedad de inversión de capital variable constituida con arreglo a la legislación de Liechtenstein como organismo de inversión colectiva en valores mobiliarios. El OICVM se constituyó e inscribió en el registro mercantil de Liechtenstein el 7 de febrero de 2003 y fue aprobado por la FMA como organismo de inversión colectiva en valores mobiliarios en virtud de la Ley sobre OICVM. El OICVM se ha constituido de conformidad con la legislación de Liechtenstein con una duración indefinida y sin limitaciones en cuanto a su capital. El OICVM reviste la forma jurídica de una sociedad de inversión de capital variable.    

El OICVM está estructurado como un fondo paraguas que puede comprender uno o varios Subfondos, que asignan el capital invertido de conformidad con sus respectivas políticas de inversión establecidas en el Anexo A de los Estatutos.   

Cada Subfondo constituye un conjunto de activos y pasivos independientes de los demás Subfondos del OICVM y, en virtud de la legislación de Liechtenstein, los activos de cualquier Subfondo no están disponibles para hacer frente a los pasivos de otro Subfondo. En consecuencia, los activos y pasivos de cada Subfondo están segregados de los activos y pasivos de los demás Subfondos.    

Cada Subfondo adopta una estrategia y una política de inversión específicas que pueden consultarse en el Anexo A de los Estatutos Folleto, en el apartado correspondiente de cada Subfondo y en los DFI del Subfondo en el que se invierte, disponibles en https://www.lgtcp.com/en/regulatory-information/.    

Tenga en cuenta que es posible que no pueda invertir en todas las Participaciones y todos los Subfondos incluidos en el Anexo A de los Estatutos, porque es posible que no estén disponibles para su suscripción en su país.    

Consulte los Estatutos y el Folleto del OICVM para obtener más información, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A de los Estatutos del OICVM. 

c2)       ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES RIESGOS DE ESTA INVERSIÓN?

Los inversores potenciales deben ser conscientes de que la inversión en un Subfondo puede estar expuesta puntualmente a otros riesgos de carácter excepcional. La inversión en los Subfondos conlleva cierto nivel de riesgo. Los diferentes Subfondos y/o Participaciones pueden estar expuestos a distintos riesgos, tal y como se describe de forma detallada en el Folleto y/o en el Anexo A de los Estatutos. Los potenciales inversores deben examinar detenidamente y en su totalidad el Folleto del OICVM y el Anexo correspondiente, y consultar con sus asesores profesionales y financieros antes de presentar una solicitud de Participaciones.    

Se advierte a los inversores potenciales de que el valor de las Participaciones y los rendimientos derivados de las mismas pueden tanto subir como bajar y, en consecuencia, es posible que un inversor no recupere la totalidad del importe invertido, por lo que la inversión únicamente debe ser realizada por aquellas personas que puedan soportar una pérdida en su inversión y sean capaces de evaluar los riesgos de la misma. La rentabilidad pasada de cualquier Subfondo del OICVM o de los Subfondos de cualquier otro organismo de inversión gestionado por la Sociedad Gestora no debe considerarse un indicador de la rentabilidad futura. Se llama la atención de los inversores potenciales sobre los riesgos fiscales asociados a la inversión en el OICVM.  
Los valores e instrumentos en los que invierte el OICVM están sujetos a las fluctuaciones habituales del mercado y a otros riesgos inherentes a la inversión en este tipo de inversiones, por lo que no se puede garantizar que se consiga una revalorización.  

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 5. «Risk Factors» del Folleto, así como el Anexo A de los Estatutos (apartados relativos a los Subfondos). 

c3)       ¿CUÁLES SON LOS RIESGOS DE PÉRDIDA DE CAPITAL?

Se advierte a los inversores potenciales de que el valor de las Participaciones y los rendimientos derivados de las mismas pueden tanto subir como bajar y, en consecuencia, es posible que un inversor no recupere la totalidad del importe invertido, por lo que la inversión únicamente debe ser realizada por aquellas personas que puedan soportar una pérdida en su inversión y sean capaces de evaluar los riesgos de la misma. 

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 5 «Risk Factors» del Folleto, así como el Anexo A de los Estatutos (apartados relativos a los Subfondos). 

c4)       ¿QUÉ RENTABILIDAD SE PUEDE ESPERAR?  

La rentabilidad pasada de cualquier Subfondo del OICVM o de los Subfondos de cualquier otro organismo de inversión gestionado por la Sociedad Gestora no debe considerarse un indicador de la rentabilidad futura.  

Las rentabilidades históricas se indican para cada clase en el DFI correspondiente. Los DFI están disponibles en https://www.lgtcp.com/en/investment-solutions

c5)       ¿CÓMO PUEDE ACCEDER A LOS PROCEDIMIENTOS Y DISPOSICIONES RELATIVOS AL EJERCICIO POR PARTE DE LOS INVERSORES DE SUS DERECHOS DERIVADOS DE SU INVERSIÓN EN EL OICVM?

Puede acceder, en particular, a la Información sobre la gestión de reclamaciones y a la Información sobre los derechos de los inversores, en inglés, en https://www.lgtcp.com/en/regulatory-information/

c6)       ¿CÓMO PUEDE PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN EN CASO NECESARIO?  

Las reclamaciones de los clientes pueden presentarse por escrito (p. ej., por carta, correo electrónico o fax, o utilizando el formulario de reclamación de la página de inicio) o de forma verbal (p. ej., en persona o por teléfono), sin coste alguno, a:   

LGT Capital Partners (FL) Ltd. 
Herrengasse 12  
9490 Vaduz  
Liechtenstein  
+423 235 25 25  
+423 375 49 90 
lgt.cp@lgt.com   

Para tramitar su reclamación, necesitamos que nos facilite la siguiente información: 
-        Datos de contacto (nombre, apellidos, dirección, número de teléfono, dirección de correo electrónico). 
-        Nombre del fondo/subfondo/clase y número ISIN o número de valores (si su reclamación se refiere a un fondo). 
-        Motivo de la reclamación y objeto de la misma.  
-        Prueba del cliente en el momento en que se produjo el motivo de la reclamación (si su reclamación se refiere a un fondo).    

LGT Capital Partners (FL) Ltd. se asegurará de que, una vez recibida su reclamación, esta se tramite de forma rápida y eficaz, y de que reciba una respuesta por escrito una vez se haya estudiado la reclamación. 
Podrá remitir su reclamación en inglés, alemán, italiano o español. 

Para obtener más información, consulte el documento sobre gestión de reclamaciones en https://www.lgtcp.com/en/regulatory-information/

c7)       ¿CÓMO TRIBUTARÁN SUS BENEFICIOS?

Los potenciales inversores y Partícipes deben ser conscientes de que se les puede exigir el pago de impuestos sobre la renta, retenciones fiscales, impuestos sobre plusvalías, impuestos sobre el patrimonio, impuestos sobre actos jurídicos documentados o cualquier otro tipo de impuesto sobre las distribuciones o distribuciones implícitas del OICVM o de cualquier Subfondo. La obligación de pagar dichos impuestos se regirá por las leyes y prácticas del país en el que se compren, vendan, detenten o reembolsen las Participaciones y en el país de residencia o nacionalidad del Partícipe, y dichas leyes y prácticas podrán cambiar puntualmente.    

Como sucede en cualquier inversión, no puede garantizarse que la situación fiscal o la propuesta de situación fiscal que prevalezca en el momento de realizar una inversión en el OICVM se mantenga indefinidamente. Los inversores potenciales y los Partícipes deberán consultar a sus asesores fiscales con respecto a su situación fiscal particular y a las consecuencias tributarias de una inversión en un Subfondo concreto.   

Los Partícipes potenciales deben familiarizarse y, en su caso, obtener asesoramiento sobre las leyes y normativas (como las relativas a fiscalidad y control de cambio) aplicables a la suscripción, tenencia y reembolso de Participaciones en su país de nacionalidad, lugar de residencia y domicilio (residencia) o en el que estén establecidos, o ponerse en contacto con sus propios asesores fiscales.   

Consulte los Estatutos y el Folleto, en particular el apartado 10. «Tax Provisions» del Folleto, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A de los Estatutos, bajo el epígrafe «Taxes».    

Consulte también la versión del Folleto correspondiente a su país de residencia, que puede contener información adicional sobre las particularidades tributarias aplicables en su país. 

d. Poner a disposición de los inversores, en las condiciones establecidas en el artículo 94 de la Directiva 2009/65/CE, la información y los documentos exigidos en virtud del Capítulo IX de la Directiva 2009/65/CE, a efectos de inspección y obtención de copias de los mismos.
d1)       ¿DÓNDE SE PUEDE OBTENER UNA COPIA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL FONDO?  

Cualquier inversor o inversor potencial puede dirigirse a LGT Capital Partners Ltd., Schützenstrasse 6, CH-8808 Pfäffikon para solicitar una copia gratuita del Folleto, los DFI, el informe anual e informe semestral más recientes, así como una copia de los Estatutos del OICVM.   

Además, la Documentación del OICVM y los DFI, junto con los informes anuales y semestrales más recientes, están disponibles, de forma gratuita, en formato de soporte de datos permanente en la Sociedad Gestora, el Depositario, los agentes pagadores del OICVM y todos los demás distribuidores autorizados de los Subfondos en Liechtenstein y en el extranjero, así como en el sitio web de la LAFV www.lafv.li.    

También puede obtener más información sobre el OICVM y/o los Subfondos en www.lgtcp.com/en/regulatory-information o en los domicilios sociales del OICVM, la Sociedad Gestora y el Depositario.   

Cada Clase que esté disponible para su suscripción dispondrá de un DFI emitido para el país de residencia del inversor. Aunque algunas Clases se describen en el Suplemento del Subfondo correspondiente como disponibles, es posible que dichas Clases no se ofrezcan en ese momento para su suscripción y, en tal caso, es posible que no haya un DFI disponible. 

d2)       ¿DÓNDE SE PUEDE OBTENER EL VALOR LIQUIDATIVO DEL FONDO Y LA RENTABILIDAD HISTÓRICA?

La rentabilidad histórica de cada uno de los Subfondos (incluidas las Participaciones), una vez disponible, se publicará en el sitio web de LAFV (www.lafv.li) y en los correspondientes DFI. La rentabilidad histórica está disponible en https://www.lgtcp.com/en/investment-solutions

Además, los precios de compra y venta de las acciones del OICVM y cualquier notificación a los inversores están disponibles en el domicilio social del OICVM y en el sitio web www.lgtcp.com/en/regulatory-information.

e. Proporcionar a los inversores información relevante sobre las funciones que desempeñan las entidades en un soporte duradero 
e1)       ¿QUIÉN REALIZA LAS TAREAS DEL ESTABLECIMIENTO?

Las siguientes entidades se encargan de las siguientes tareas. Los datos de contacto se indican en el apartado «¿Con quién debe ponerse en contacto si tiene preguntas adicionales?» 

a)     Tramitar las órdenes de suscripción, recompra y reembolso y efectuar otros pagos a los inversores en relación con las Participaciones del OICVM, de conformidad con las condiciones establecidas en el Folleto y en los Documentos de datos fundamentales para el inversor: LGT Bank Ltd., 

b)     Proporcionar a los inversores información sobre cómo cursar las órdenes mencionadas en el punto a) anterior y sobre cómo se abonan los importes de recompra y reembolso: LGT Capital Partners Ltd,   

c)     Facilitar el tratamiento de la información el tratamiento de la información y el acceso a los procedimientos y mecanismos a que se refiere el artículo 15 de la Directiva 2009/65/EG en relación con el ejercicio por los inversores de sus derechos derivados de su inversión en el OICVM en el Estado miembro en el que se comercialice el OICVM: LGT Capital Partners Ltd, 

d)     Poner a disposición de los inversores, en las condiciones establecidas en el artículo 94 de la Directiva 2009/65/CE, la información y los documentos exigidos en virtud del Capítulo IX de la Directiva 2009/65/CE, a efectos de inspección y obtención de copias de los mismos: LGT Capital Partners Ltd, 

e)     Proporcionar a los inversores información relevante sobre las funciones que desempeñan los establecimientos en un soporte duradero: LGT Capital Partners Ltd,  

f)      Actuar como interlocutor para comunicarse con las autoridades competentes: LGT Capital Partners Ltd.  

e2)       ¿CON QUIÉN DEBE PONERSE EN CONTACTO SI TIENE PREGUNTAS ADICIONALES?

Si tiene alguna pregunta adicional que no figure en este sitio web, para cuestiones relacionadas con el punto a), no dude en ponerse en contacto con: 

LGT Bank Ltd., 
Herrengasse 12, 
9490 Vaduz, 
Liechtenstein 
info@lgt.com   

Puede dirigirse a la siguiente entidad para cuestiones relacionadas con los puntos b) a f) de la lista de establecimientos: 
LGT Capital Partners Ltd. 
Schützenstrasse 6 
CH-8808 Pfäffikon 
Liquid Strategies & Investment Structuring (LSIS) 
lgt.cp.ls-legal@lgtcp.com 

Dichas entidades responderán a su(s) pregunta(s) por correo electrónico en un plazo razonable en uno de los idiomas oficiales de su país, o en inglés, cuando proceda.