CBDF

LGT Quality Funds

De conformidad con el artículo 92 de la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009, modificada por la Directiva (UE) 2019/1160, de 20 de junio de 2019, LGT Quality Funds (el «OICVM») pone a disposición, en todos los Estados miembro en los que prevé comercializar sus Participaciones, establecimientos para realizar las actividades que se enumeran a continuación, de la a) a la f).  

Le recordamos que, en caso de discrepancia, prevalecerán las condiciones estipuladas en el Folleto del OICVM. La información que figura a continuación tiene carácter meramente informativo y se facilita de conformidad con el artículo 92 de la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009.  

Los términos definidos que se utilicen en el presente documento, y que no se definan de otro modo en el mismo, tendrán el mismo significado que se les atribuye en el Folleto del OICVM. 

a. Tramitar las órdenes de suscripción, recompra y reembolso y efectuar otros pagos a los Partícipes en relación con las Participaciones del OICVM, de conformidad con las condiciones establecidas en el Folleto y en los Documentos de datos fundamentales para el inversor (DFI) de los PRIIP. 
a1)       ¿QUÉ ENTIDAD ES RESPONSABLE DE LA PRESTACIÓN DE DICHO SERVICIO?

Como se establece en el Folleto del OICVM, LGT Bank Ltd. tramitará todas las órdenes de suscripción y reembolso de los inversores y abonará otros pagos pertinentes a estos últimos en relación con el OICVM. 

Si desea ponerse en contacto con LGT Bank Ltd., puede hacerlo a través de los siguientes datos:  

LGT Bank Ltd.  
Herrengasse 12 
9490 Vaduz 
Liechtenstein  
info@lgt.com   

b. Proporcionar a los inversores información sobre cómo cursar las órdenes mencionadas en el punto a. y sobre cómo se abonan los importes de recompra y reembolso.
b1)       ¿CÓMO SE PUEDEN SUSCRIBIR NUEVAS PARTICIPACIONES DEL OICVM?

Emisión de Participaciones 
Inicialmente, las Participaciones pueden adquirirse el Día de suscripción inicial al Precio de suscripción inicial. Posteriormente, las Participaciones estarán disponibles al Precio de suscripción en cada Día de suscripción.   

El Depositario deberá recibir las solicitudes de suscripción antes de la Hora límite de suscripción.   

A reserva del cumplimiento de los requisitos pertinentes para la suscripción en un Subfondo, un suscriptor se convierte en Partícipe y comienza su participación en la rentabilidad de las Participaciones a partir del Día de suscripción pertinente.   

No se emitirán Participaciones a menos que se hayan cumplimentado todos los datos de registro y se hayan observado todos los requisitos contra el blanqueo de capitales.    
Las Participaciones serán únicamente nominativas y no se emitirán certificados de participación. El Depositario enviará una notificación de confirmación a los suscriptores cuya solicitud haya sido aceptada una vez que se hayan determinado el Valor liquidativo por Participación y el número de Participaciones emitidas a favor de los suscriptores.   

La Sociedad Gestora, actuando en el mejor interés de los Partícipes, podrá rechazar en cualquier momento las solicitudes de suscripción o limitar temporalmente, suspender o, en última instancia, interrumpir la emisión de Participaciones, en cuyo caso los pagos recibidos en relación con las solicitudes de suscripción aún no tramitadas se reintegrarán sin intereses en las cuentas en las que se cargaron inicialmente (véase el apartado «Anti-Money Laundering and Countering Terrorist Financing Measures» del Folleto).    

No podrán emitirse Participaciones durante un periodo de suspensión de la determinación del Valor liquidativo, del Valor liquidativo por Clase o del Valor liquidativo por Participación, o durante un periodo durante el cual a Sociedad Gestora haya declarado la suspensión de la emisión de Participaciones en una o varias Clases. El Depositario no aceptará ninguna solicitud de Participaciones realizada durante dicho periodo de suspensión.   

Un suscriptor no podrá retirar su solicitud de suscripción una vez que haya sido presentada y recibida por el Depositario, a menos que la Sociedad Gestora, actuando en el mejor interés de los Partícipes, decida permitir la retirada total o parcial de dicha solicitud.   

Suscripción mínima 
 
La suscripción inicial mínima y la suscripción adicional mínima de Participaciones por Partícipe con respecto a cada Subfondo se establecen en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva.   

Plazo de suscripción
 
Las solicitudes recibidas después de la Hora límite de suscripción se registrarán para su suscripción el Día de suscripción siguiente. El Depositario deberá recibir el pago íntegro de las Participaciones el Día de pago de la suscripción o con anterioridad al mismo. 

Precio de suscripción
 
En relación con cada Subfondo, las Participaciones de cada Clase se ofrecerán a los inversores el Día de suscripción inicial al Precio de suscripción inicial establecido en el Anexo A de cada Subfondo, con sujeción a cualquier Comisión de suscripción (véase el Anexo A), así como a los impuestos, gravámenes o comisiones pertinentes (véase el apartado «Charges and Expenses» del Folleto del OICVM).  
Tras el Día de suscripción inicial, las Participaciones se valorarán el Día de valoración correspondiente. En consecuencia, tras el Día de suscripción inicial, el precio de suscripción por Participación será el Valor liquidativo por Participación correspondiente al Día de valoración que coincida con el Día de suscripción en el que se emitan las Participaciones (el «Precio de suscripción») más la Comisión de suscripción, si dicha comisión fuera aplicable, tal y como se establece en el Anexo A de cada Subfondo y sujeta a los impuestos, gravámenes o comisiones pertinentes.    

Pago de las Participaciones 
 
A menos que el suscriptor haya acordado con la Sociedad Gestora o el Depositario realizar el pago en otra divisa o por cualquier otro procedimiento, el pago deberá efectuarse en la divisa de las Participaciones por el procedimiento establecido en el Folleto. En caso de que se adopten otras disposiciones, el importe de la solicitud que no esté expresado en la moneda de la Clase se convertirá a la moneda de la Clase, y todas las comisiones bancarias y demás gastos de conversión se deducirán del importe de la solicitud antes de la inversión en las Participaciones.    

El Depositario deberá recibir el pago íntegro de las Participaciones el Día de pago de la suscripción o con anterioridad al mismo, tal y como se establece en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva de cada Subfondo. La Sociedad Gestora, por cuenta del OICVM, podrá aceptar el pago en valores materias primas, otros instrumentos financieros u otros intereses (Suscripción en especie), o en parte en efectivo y en parte en especie, siempre que dichos activos se ajusten al objetivo, la política y las restricciones de inversión del correspondiente Subfondo y que la transferencia de dichos activos se ajuste a la política táctica de inversión de la Sociedad Gestora.  

Salvo que la Sociedad Gestora, en nombre del OICVM, determine lo contrario, no se emitirán Participaciones hasta que el Subfondo haya recibido íntegramente el importe de la solicitud y/o los activos correspondientes. 

Consulte el Contrato de fondo de inversión colectiva y el Folleto, en particular el apartado 7 «Investing in the UCITS» del Folleto, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva. 

Tenga en cuenta que es posible que no pueda invertir en todas las Clases y todos los Subfondos incluidos en el Contrato de fondo de inversión colectiva y sus Anexos, así como en el Folleto, porque es posible que no estén disponibles para su suscripción en su país. 

b2)       ¿QUÉ COMISIONES SE APLICAN A LA SUSCRIPCIÓN DE NUEVAS PARTICIPACIONES?

La Sociedad Gestora podrá cobrar una Comisión de suscripción, tal y como se describe en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva, como porcentaje del Precio de suscripción. La Sociedad Gestora podrá, a su entera discreción, retener la totalidad o parte de la Comisión de suscripción y abonarla al Depositario y/o a los distribuidores.   

Consulte el Folleto, en particular el apartado 7 «Investing in the UCITS» y el apartado 11 «Charges and Expenses», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva del OICVM. 

b3)       ¿CÓMO SE PUEDEN REEMBOLSAR LAS PARTICIPACIONES?

El reembolso parcial podrá efectuarse por un importe no inferior al Importe mínimo de reembolso establecido en el Anexo A de cada Subfondo, importe que podrá ser objeto de renuncia, reducción o aumento por parte de la Sociedad Gestora. La inversión restante de un Partícipe en las Participaciones será, como mínimo, el Importe mínimo de participación establecido en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva para cada Subfondo, importe que podrá ser objeto de renuncia, reducción o aumento por parte de la Sociedad Gestora. La Sociedad Gestora podrá reembolsar con carácter obligatorio la totalidad o parte de las Participaciones de cualquier Partícipe si el valor de la participación total de dicho Partícipe en la Clase es inferior al Importe mínimo de participación.   

Las Participaciones podrán reembolsarse en un Día de reembolso. El Depositario deberá recibir las solicitudes de reembolso antes de la Hora límite de reembolso. Las solicitudes de reembolso recibidas después de la Hora límite de reembolso se tramitarán el Día de reembolso siguiente. En circunstancias normales, el pago de las Participaciones reembolsadas se efectuará el Día de pago del reembolso establecido en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva de cada Subfondo.   

La Sociedad Gestora podrá, en determinadas circunstancias, como, por ejemplo, en relación con una reestructuración que afecte a otro Subfondo del OICVM o a otros fondos o subfondos gestionados por la Sociedad Gestora o por una sociedad que forme parte del mismo grupo que la Sociedad Gestora, acortar los Plazos de reembolso en relación con un Día de reembolso y un Subfondo específicos, siempre que el interés de los Partícipes que no procedan al reembolso no se vea perjudicado por dicha medida.   
Tanto si las Participaciones se reembolsan con carácter voluntario como obligatorio, el producto del reembolso podrá pagarse en efectivo o, previo consentimiento del Partícipe, en valores, materias primas u otros instrumentos financieros u otros intereses (Reembolso en especie) o en cualquier combinación de los mismos. Cuando se distribuya efectivo para un reembolso, el producto se pagará generalmente en la moneda de la Clase mediante transferencia bancaria sin que se devenguen intereses por dicha liquidación. Todos los costes de cualquier transferencia de efectivo correrán a cargo de los Partícipes y podrán deducirse del importe del reembolso.   

Consulte el Folleto, en particular el apartado 7.3. «Redemption of Units», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva del OICVM. 

b4)       ¿QUÉ COMISIONES SE APLICAN AL REEMBOLSO DE SUS PARTICIPACIONES?  

Las Participaciones se reembolsarán al Precio de reembolso menos la Comisión de reembolso, en caso de que dicha comisión sea aplicable, tal y como se establece en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva para cada Subfondo y con sujeción a los impuestos, gravámenes o comisiones pertinentes (véase el apartado «Charges and Expenses»).    

La Sociedad Gestora podrá cobrar una Comisión de reembolso, tal y como se describe en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva, como porcentaje del Precio de reembolso. La Sociedad Gestora podrá, a su entera discreción, retener la totalidad o parte de la Comisión de reembolso y abonarla al Depositario y/o a los distribuidores.   

Consulte el Folleto, en particular el apartado 11 «Charges and Expenses», así como el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva (apartados relativos a los Subfondos).  

b5)       ¿CUÁNTO TIEMPO HACE FALTA PARA LA VENTA DE PARTICIPACIONES Y LA RECEPCIÓN DEL PAGO?  

En circunstancias normales, el pago de las Participaciones reembolsadas se efectuará el Día de pago del reembolso establecido en el Anexo A de cada Subfondo. 

Consulte el Folleto, en particular el apartado 7.3.2. «Redemption Procedure», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva del OICVM. 

Consulte el Folleto, en particular el apartado 7.3.2. «Redemption Procedure», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva del OICVM.  

b6)       ¿CON QUIÉN DEBE PONERSE EN CONTACTO SI TIENE PREGUNTAS ADICIONALES?

Puede ponerse en contacto con:   

LGT Capital Partners Ltd. 
Schützenstrasse 6 
CH-8808 Pfäffikon 
Liquid Strategies & Investment Structuring (LSIS) 
lgt.cp.ls-legal@lgtcp.com 

c. Facilitar el tratamiento de la información y el acceso a los procedimientos y mecanismos contemplados en el artículo 15 de la Directiva 2009/65/CE relativos al ejercicio por los inversores de sus derechos derivados de su inversión en el OICVM en el Estado miembro en el que el OICVM es objeto de comercialización.
c1)       ¿EN QUÉ ESTÁ INVIRTIENDO?

Está invirtiendo en una Participación de un Subfondo del OICVM. El OICVM se ha constituido en forma de forndo de inversión colectiva (fideicomiso colectivo) establecido con arreglo a la legislación de Liechtenstein como organismo de inversión colectiva en valores mobiliarios. El OICVM fue aprobado por la FMA el 18 de junio de 2012 e inscrito en el registro público de Liechtenstein el 18 de junio de 2012. La FMA aprobó el Contrato de fondo de inversión colectiva por primera vez el 11 de junio de 2012.    

El OICVM se ha constituido de conformidad con la legislación de Liechtenstein con una duración indefinida y sin limitaciones en cuanto a su capital. El OICVM tiene la forma jurídica de fondo de inversión colectiva. Se entiende por fondo de inversión colectiva la constitución de un fondo fiduciario de estructura idéntica en cuanto a su contenido con una serie de inversores con fines de inversión y gestión de activos por cuenta de los inversores, en el que los inversores individuales participan en función de su Participación en el fondo fiduciario y son, a reserva de las infracciones del Contrato de fondo de inversión colectiva, responsables únicamente a título personal hasta el importe invertido.    

El OICVM está estructurado como un fondo paraguas que puede comprender uno o varios Subfondos, que asignan el capital invertido de conformidad con sus respectivas políticas de inversión establecidas en el Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva del OICVM.    

Cada Subfondo constituye un conjunto de activos y pasivos independientes de los demás Subfondos del OICVM y, en virtud de la legislación de Liechtenstein, los activos de cualquier Subfondo no están disponibles para hacer frente a los pasivos de otro Subfondo. En consecuencia, los activos y pasivos de cada Subfondo están segregados de los activos y pasivos de los demás Subfondos. Cualquier reclamación de los inversores o acreedores o de cualquier otra parte con respecto a cualquier Subfondo se limitará al patrimonio neto de dicho Subfondo.   

Cada Subfondo adopta una estrategia y una política de inversión específicas que pueden consultarse en el Folleto, en los Anexos del Contrato de fondo de inversión colectiva y en los DFI del Subfondo en el que se invierte, disponibles en https://www.lgtcp.com/en/regulatory-information/.    

Tenga en cuenta que es posible que no pueda invertir en todas las Participaciones y todos los Subfondos incluidos en el Folleto y en el Contrato de fondo de inversión colectiva y sus Anexos, porque es posible que no estén disponibles para su suscripción en su país.    

Consulte el Contrato de fondo de inversión colectiva y el Folleto del OICVM para obtener más información, así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva del OICVM. 

c2)       ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES RIESGOS DE ESTA INVERSIÓN?

Se advierte a los inversores potenciales de que el valor de las Participaciones y los rendimientos derivados de las mismas pueden tanto subir como bajar y, en consecuencia, es posible que un inversor no recupere la totalidad del importe invertido, por lo que la inversión únicamente debe ser realizada por aquellas personas que puedan soportar una pérdida en su inversión y sean capaces de evaluar los riesgos de la misma. La rentabilidad pasada de cualquier Subfondo del OICVM o de los Subfondos de cualquier otro organismo de inversión gestionado por la Sociedad Gestora no debe considerarse un indicador de la rentabilidad futura. Se llama la atención de los inversores potenciales sobre los riesgos fiscales asociados a la inversión en el OICVM.    

Los valores e instrumentos en los que invierte el OICVM están sujetos a las fluctuaciones habituales del mercado y a otros riesgos inherentes a la inversión en este tipo de inversiones, por lo que no se puede garantizar que se consiga una revalorización. 

Los diferentes Subfondos y/o Clases pueden estar expuestos a distintos riesgos, tal y como se describe de forma detallada en el Folleto y/o en el Anexo A del Folleto. Los potenciales inversores deben examinar detenidamente y en su totalidad el Folleto y el Anexo correspondiente, y consultar con sus asesores profesionales y financieros antes de presentar una solicitud de Participaciones. 

Consulte el Contrato de fondo de inversión colectiva y el Folleto, en particular el apartado 5. «Risk Factors», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva. 

c3)       ¿CUÁLES SON LOS RIESGOS DE PÉRDIDA DE CAPITAL?

Se advierte a los inversores potenciales de que el valor de las Participaciones y los rendimientos derivados de las mismas pueden tanto subir como bajar y, en consecuencia, es posible que un inversor no recupere la totalidad del importe invertido, por lo que la inversión únicamente debe ser realizada por aquellas personas que puedan soportar una pérdida en su inversión y sean capaces de evaluar los riesgos de la misma. No existe garantía alguna de que los inversores recuperen el importe íntegro del capital invertido inicialmente.  

Consulte el Contrato de fondo de inversión colectiva y el Folleto, en particular el apartado 5. «Risk Factors», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva. 

c4)       ¿QUÉ RENTABILIDAD SE PUEDE ESPERAR?  

La rentabilidad pasada de cualquier Subfondo del OICVM o de los Subfondos de cualquier otro organismo de inversión gestionado por la Sociedad Gestora no debe considerarse un indicador de la rentabilidad futura. 

La rentabilidad histórica de cada uno de los Subfondos (incluidas las Clases de Participaciones), una vez disponible, se publicará en el sitio web de LAFV (www.lafv.li) y en los correspondientes DFI. Los DFI están disponibles en https://www.lgtcp.com/en/investment-solutions

c5)       ¿CÓMO PUEDE ACCEDER A LOS PROCEDIMIENTOS Y DISPOSICIONES RELATIVOS AL EJERCICIO POR PARTE DE LOS INVERSORES DE SUS DERECHOS DERIVADOS DE SU INVERSIÓN EN EL OICVM?

Puede acceder, en particular, a la Información sobre la gestión de reclamaciones y a la Información sobre los derechos de los inversores, en inglés, en https://www.lgtcp.com/en/regulatory-information/

c6)       ¿CÓMO PUEDE PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN EN CASO NECESARIO?  

Las reclamaciones de los clientes pueden presentarse por escrito (p. ej., por carta, correo electrónico o fax, o utilizando el formulario de reclamación de la página de inicio) o de forma verbal (p. ej., en persona o por teléfono), sin coste alguno, a:   

LGT Capital Partners (FL) AG  
Herrengasse 12  
9490 Vaduz, 
Liechtenstein    

Para tramitar su reclamación, necesitamos que nos facilite la siguiente información: 
-        Datos de contacto (nombre, apellidos, dirección, número de teléfono, dirección de correo electrónico). 
-        Nombre del fondo/subfondo/clase de acciones y número ISIN o número de valores (si su reclamación se refiere a un fondo). 
-        Motivo de la reclamación y objeto de la misma.  
-        Prueba del cliente en el momento en que se produjo el motivo de la reclamación (si su reclamación se refiere a un fondo).    

LGT Capital Partners (FL) Ltd. se asegurará de que, una vez recibida su reclamación, esta se tramite de forma rápida y eficaz, y de que reciba una respuesta por escrito una vez se haya estudiado la reclamación. 
Podrá remitir su reclamación en inglés, alemán, italiano o español. 

Para obtener más información, consulte el documento sobre gestión de reclamaciones en https://www.lgtcp.com/en/regulatory-information/

c7)       ¿CÓMO TRIBUTARÁN SUS BENEFICIOS?

Los potenciales inversores y Partícipes deben ser conscientes de que se les puede exigir el pago de impuestos sobre la renta, retenciones fiscales, impuestos sobre plusvalías, impuestos sobre el patrimonio, impuestos sobre actos jurídicos documentados o cualquier otro tipo de impuesto sobre las distribuciones o distribuciones implícitas del OICVM o de cualquier Subfondo. La obligación de pagar dichos impuestos se regirá por las leyes y prácticas del país en el que se compren, vendan, detenten o reembolsen las Participaciones y en el país de residencia o nacionalidad del Partícipe, y dichas leyes y prácticas podrán cambiar puntualmente.    

Como sucede en cualquier inversión, no puede garantizarse que la situación fiscal o la propuesta de situación fiscal que prevalezca en el momento de realizar una inversión en el OICVM se mantenga indefinidamente. Los inversores potenciales y los Partícipes deberán consultar a sus asesores fiscales con respecto a su situación fiscal particular y a las consecuencias tributarias de una inversión en un Subfondo concreto.   

Los Partícipes potenciales deben familiarizarse y, en su caso, obtener asesoramiento sobre las leyes y normativas (como las relativas a fiscalidad y control de cambio) aplicables a la suscripción, tenencia y reembolso de Participaciones en su país de nacionalidad, lugar de residencia y domicilio (residencia) o en el que estén establecidos, o ponerse en contacto con sus propios asesores fiscales.   

Consulte el Contrato de fondo de inversión colectiva y el Folleto, en particular el epígrafe «Taxation», en el aparatdo 8 «Risk Factors», y el apartado 10. «Tax Provisions», así como el apartado relativo al Subfondo correspondiente del Anexo A del Contrato de fondo de inversión colectiva.    

Consulte también la versión del Folleto correspondiente a su país de residencia, que puede contener información adicional sobre las particularidades tributarias aplicables en su país. 

d. Poner a disposición de los inversores, en las condiciones establecidas en el artículo 94 de la Directiva 2009/65/CE, la información y los documentos exigidos en virtud del Capítulo IX de la Directiva 2009/65/CE, a efectos de inspección y obtención de copias de los mismos
d1)       ¿DÓNDE SE PUEDE OBTENER UNA COPIA DE LA DOCUMENTACIÓN DEL FONDO?  

Cualquier inversor o inversor potencial puede dirigirse a LGT Capital Partners Ltd., Schützenstrasse 6, CH-8808 Pfäffikon para solicitar una copia gratuita del Folleto, los DFI, el informe anual e informe semestral más recientes, así como una copia de los Estatutos del OICVM.   

Además, la Documentación del OICVM y los DFI, junto con los informes anuales y semestrales más recientes, están disponibles, de forma gratuita, en formato de soporte de datos permanente en la Sociedad Gestora, el Depositario, los agentes pagadores del OICVM y todos los demás distribuidores autorizados de los Subfondos en Liechtenstein y en el extranjero, así como en el sitio web de la LAFV www.lafv.li.   

También puede obtener más información sobre el OICVM y/o los Subfondos en www.lgtcp.com/en/regulatory-information o en los domicilios sociales de la Sociedad Gestora y el Depositario.   

Cada Participación que esté disponible para su suscripción dispondrá de un DFI emitido. Aunque algunas Participaciones se describen en el Suplemento del Subfondo correspondiente como disponibles, es posible que dichas Clases no se ofrezcan en ese momento para su suscripción y, en tal caso, es posible que no haya un DFI disponible. 

d2)       ¿DÓNDE SE PUEDE OBTENER EL VALOR LIQUIDATIVO DEL FONDO Y LA RENTABILIDAD HISTÓRICA?

El Valor liquidativo y la rentabilidad histórica de cada uno de los Subfondos (incluidas las Participaciones), una vez disponibles, se publicarán en el sitio web de LAFV (www.lafv.li) y en el correspondiente DFI. La rentabilidad histórica está disponible en https://www.lgtcp.com/en/investment-solutions

e. Proporcionar a los inversores información relevante sobre las funciones que desempeñan las entidades en un soporte duradero 
e1)       ¿QUIÉN REALIZA LAS TAREAS DEL ESTABLECIMIENTO?

Las siguientes entidades se encargan de las siguientes tareas. Los datos de contacto se indican en el apartado «¿Con quién debe ponerse en contacto si tiene preguntas adicionales?» 

a)     Tramitar las órdenes de suscripción, recompra y reembolso y efectuar otros pagos a los inversores en relación con las Participaciones del OICVM, de conformidad con las condiciones establecidas en el Folleto y en los Documentos de datos fundamentales para el inversor: LGT Bank Ltd., 

b)     Proporcionar a los inversores información sobre cómo cursar las órdenes mencionadas en el punto a) anterior y sobre cómo se abonan los importes de recompra y reembolso: LGT Capital Partners Ltd.,   

c)     Facilitar el tratamiento de la información el tratamiento de la información y el acceso a los procedimientos y mecanismos a que se refiere el artículo 15 de la Directiva 2009/65/EG en relación con el ejercicio por los inversores de sus derechos derivados de su inversión en el OICVM en el Estado miembro en el que se comercialice el OICVM: LGT Capital Partners Ltd., 

d)     Poner a disposición de los inversores, en las condiciones establecidas en el artículo 94 de la Directiva 2009/65/CE, la información y los documentos exigidos en virtud del Capítulo IX de la Directiva 2009/65/CE, a efectos de inspección y obtención de copias de los mismos: LGT Capital Partners Ltd., 

e)     Proporcionar a los inversores información relevante sobre las funciones que desempeñan los establecimientos en un soporte duradero: LGT Capital Partners Ltd.,  

f)      Actuar como interlocutor para comunicarse con las autoridades competentes: LGT Capital Partners Ltd.  

e2)       ¿CON QUIÉN DEBE PONERSE EN CONTACTO SI TIENE PREGUNTAS ADICIONALES?

Si tiene alguna pregunta adicional que no figure en este sitio web, para cuestiones relacionadas con el punto a), no dude en ponerse en contacto con: 
LGT Bank Ltd., 
Herrengasse 12, 
9490 Vaduz, 
Liechtenstein 
info@lgt.com   

Puede dirigirse a la siguiente entidad para cuestiones relacionadas con los puntos b) a f) de la lista de establecimientos: 
LGT Capital Partners Ltd. 
Schützenstrasse 6 
CH-8808 Pfäffikon 
Liquid Strategies & Investment Structuring (LSIS)
lgt.cp.ls-legal@lgtcp.com   

Dichas entidades responderán a su(s) pregunta(s) por correo electrónico en un plazo razonable en uno de los idiomas oficiales de su país, o en inglés, cuando proceda.